8 octobre 2007
1
08
/10
/octobre
/2007
06:20
Réponse à un SOS Galgos, courrier collectif envoyé par LN, voir http://www.galgos.fr
Contactez LN si vous voulez être signataire des courriers futurs galgos/unanimus. Merci. Les effets d'annonces ne valent rien s'ils ne sont pas suivis de lois appliquées avec sévérité. Une réponse collective est en cours. Il est nécessaire de remercier pour ce courrier qui engage la responsabilité du Gouvernement espagnol et que nous devons positiver en le considérant comme une grande avancée.
gabinete@presidencia.gob.es
Contesto al escrito que ha dirigido a la Presidencia del Gobierno, en el que se refiere al maltrato de perros galgos.
Quiero agradecerle que nos haya manifestado su rechazo, que comparto con usted, ante aquellas conductas que denotan una total falta de respeto a los animales.
El interés en dotar a los animales de una cada vez mayor protección ha tenido reflejo en la legislación de las Comunidades Autónomas, en la que, de forma detallada, se recogen, entre otros aspectos, las atenciones básicas que deben recibir los animales, las especificaciones para los de compañía, y en particular de los perros, abandono, control, peligrosidad, adiestramiento, las funciones de las asociaciones de protección, la intervención e inspección de las Administraciones competentes y las infracciones y sanciones correspondientes.
Asimismo, actualmente se encuentra en trámite parlamentario el Proyecto de Ley de Normas Básicas sobre Explotación, Transporte, Experimentación y Sacrificio para el cuidado de los Animales. En esta nueva
norma se regulan los aspectos más relevantes del bienestar animal en las explotaciones, en el transporte de animales y en su sacrificio, así como en las actividades de experimentación, dentro del marco previsto al efecto en la normativa de la Unión Europea y en los Convenios Internacionales.
Si bien el ámbito de aplicación del Proyecto de Ley se refiere a los animales mantenidos con fines económicos, la prohibición de las actividades consideradas más graves, tales como el maltrato, el abandono o la utilización de animales en peleas, se extienden también a los animales de compañía. También se contempla la posibilidad de adoptar medidas provisionales de carácter cautelar en casos de grave riesgo para la vida de los animales.
Asimismo, se modifica tanto la Ley de Sanidad Animal para prever, en la imposición de las sanciones por la comisión de infracciones, la posibilidad de una graduación más proporcional, como la Ley General de Publicidad, para prohibir la publicidad con animales de forma indebida.
Además de las sanciones de carácter administrativo establecidas en las normas autonómicas, y de las nuevas medidas impulsadas por el Gobierno, no debe olvidarse que el Código Penal, en su artículo 337, contempla como delito las conductas más graves con respecto a la vida o a la integridad física de los animales domésticos, como es el maltrato con ensañamiento e injustificadamente, causándoles la muerte o provocándoles lesiones que produzcan un grave menoscabo físico. Por tanto, no existe impedimento para
denunciar y perseguir el maltrato de animales como delito.
A ese respecto, cabe señalar que dichas conductas están penadas con prisión de tres meses a un año e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales, mientras que el abandono de animales domésticos está penado con multa de diez a treinta días.
Para tratar de impedir que se produzcan situaciones concretas que a todos nos repugnan, como por ejemplo viene sucediendo en el caso de los perros galgos, se han intensificado los controles por el Servicio Especial de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil que tiene, entre sus objetivos prioritarios, la erradicación de tan aberrantes prácticas, junto con la prevención de actividades ilegales, tramitando las denuncias oportunas.
La eficacia de la represión de este tipo de conductas se verá impulsada con la reciente creación en las Fiscalías de los Tribunales Superiores de Justicia y de las Audiencias Provinciales de Secciones
Especializadas en delitos relativos a la ordenación del territorio, protección del patrimonio histórico, de los recursos naturales y el medio ambiente, la protección de la flora y los animales domésticos, y los
incendios forestales.
Atentamente. José Enrique Serrano Martínez. Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.
Contesto al escrito que ha dirigido a la Presidencia del Gobierno, en el que se refiere al maltrato de perros galgos.
Quiero agradecerle que nos haya manifestado su rechazo, que comparto con usted, ante aquellas conductas que denotan una total falta de respeto a los animales.
El interés en dotar a los animales de una cada vez mayor protección ha tenido reflejo en la legislación de las Comunidades Autónomas, en la que, de forma detallada, se recogen, entre otros aspectos, las atenciones básicas que deben recibir los animales, las especificaciones para los de compañía, y en particular de los perros, abandono, control, peligrosidad, adiestramiento, las funciones de las asociaciones de protección, la intervención e inspección de las Administraciones competentes y las infracciones y sanciones correspondientes.
Asimismo, actualmente se encuentra en trámite parlamentario el Proyecto de Ley de Normas Básicas sobre Explotación, Transporte, Experimentación y Sacrificio para el cuidado de los Animales. En esta nueva
norma se regulan los aspectos más relevantes del bienestar animal en las explotaciones, en el transporte de animales y en su sacrificio, así como en las actividades de experimentación, dentro del marco previsto al efecto en la normativa de la Unión Europea y en los Convenios Internacionales.
Si bien el ámbito de aplicación del Proyecto de Ley se refiere a los animales mantenidos con fines económicos, la prohibición de las actividades consideradas más graves, tales como el maltrato, el abandono o la utilización de animales en peleas, se extienden también a los animales de compañía. También se contempla la posibilidad de adoptar medidas provisionales de carácter cautelar en casos de grave riesgo para la vida de los animales.
Asimismo, se modifica tanto la Ley de Sanidad Animal para prever, en la imposición de las sanciones por la comisión de infracciones, la posibilidad de una graduación más proporcional, como la Ley General de Publicidad, para prohibir la publicidad con animales de forma indebida.
Además de las sanciones de carácter administrativo establecidas en las normas autonómicas, y de las nuevas medidas impulsadas por el Gobierno, no debe olvidarse que el Código Penal, en su artículo 337, contempla como delito las conductas más graves con respecto a la vida o a la integridad física de los animales domésticos, como es el maltrato con ensañamiento e injustificadamente, causándoles la muerte o provocándoles lesiones que produzcan un grave menoscabo físico. Por tanto, no existe impedimento para
denunciar y perseguir el maltrato de animales como delito.
A ese respecto, cabe señalar que dichas conductas están penadas con prisión de tres meses a un año e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales, mientras que el abandono de animales domésticos está penado con multa de diez a treinta días.
Para tratar de impedir que se produzcan situaciones concretas que a todos nos repugnan, como por ejemplo viene sucediendo en el caso de los perros galgos, se han intensificado los controles por el Servicio Especial de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil que tiene, entre sus objetivos prioritarios, la erradicación de tan aberrantes prácticas, junto con la prevención de actividades ilegales, tramitando las denuncias oportunas.
La eficacia de la represión de este tipo de conductas se verá impulsada con la reciente creación en las Fiscalías de los Tribunales Superiores de Justicia y de las Audiencias Provinciales de Secciones
Especializadas en delitos relativos a la ordenación del territorio, protección del patrimonio histórico, de los recursos naturales y el medio ambiente, la protección de la flora y los animales domésticos, y los
incendios forestales.
Atentamente. José Enrique Serrano Martínez. Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.